Preguntas que debería hacerse y respuestas que debería saber todo aficionado colchonero
Durante los años de terror, nos tildaban de oportunistas por criticar a la familia Gil solo cuando el escudo era pisoteado una y otra vez. Ahora que el club vive una de las épocas futbolísticas más gloriosas de la historia y, fiel a nuestros principios, seguimos criticando, un sector arremete catalogándonos de pesimistas y de querer el mal del club. Seguiremos en nuestro objetivo de crear una masa que no se deje engañar porque aquí los argumentos son nuestros y de ellos, las mentiras. En este artículo, presentamos todas las preguntas que un aficionado colchonero debería hacerse y todas las respuestas que debería saber.
¿Se probó judicialmente la apropiación indebida del club por parte de la familia Gil y el cooperador necesario Enrique Cerezo?
Sí. No son acusaciones sin fundamento ni simplemente lo que la gente opina. La Audiencia Nacional declaró probada la apropiación indebida del Atlético de Madrid por parte de la familia Gil en 1992. El Tribunal Supremo lo ratificó. ¿Cómo es que sucedió?
El juicio tardo en llegar y lamentablemente, el delito prescribió. Se probó la estafa, pero por haber prescrito (que se aplica cuando pasa una determinada cantidad de años desde la ejecución del delito hasta el inicio del proceso judicial, en este caso el tiempo de prescripción era de 5 años, y el caso fue declarado prescrito al haber pasado 7 años: la apropiación fue en 1992 y el inicio del juicio en 1999), no hubo condena penal ni civil.
A continuación, el extracto de la condena del Tribunal Supremo:
¿La familia Gil tenía que hacer alguna indemnización? Después del juicio, ¿tenía que devolver el dinero? ¿Lo hizo?
Como nos mencionó la Asociación Señales de Humo, como el delito prescribió no se podían imponer responsabilidades civiles como la de devolver lo robado e indemnizar. Para ello, debía haber una sentencia civil, pero esta no se realizó. A pesar de no haber sido condenados para realizar la indemnización, Gil y compañía, en el 2003, pagaron las acciones de 1992.La cantidad bordeó los 11 millones de euros. Lo que critica Señales de Humo es que en esta reparación no se hayan incluido los intereses de mora que se fueron acumulado en los 11 años en que no pagaron (desde 1992 hasta el 2003).
En la sentencia del Tribunal Supremo, se indica que Miguel Ángel Gil Marín debe reponer 2 700 000 000 pesetas. ¿De dónde proviene esta cantidad?
La cantidad indicada es por el conocido “Caso Negritos”. En esta, el club le compraba a Promociones Futbolísticas (empresa de la familia Gil) a cuatro futbolistas que finalmente ni siquiera jugaron en el primer equipo ni tenían posibilidades de hacerlo ya que solo se simuló haberlos contratado. Esta cantidad no se ha devuelto. Según Señales de Humo: “Cuando instamos a que lo hicieran, se autodemandaron (el club a Promociones Futbolísitcas), reclamando la cantidad y perdiendo a propósito el club la demanda para que Promociones no tenga que pagar al Atlético de Madrid”. Esta cantidad no solo tendría que pagarse, sino incluirse los intereses de mora que se han venido acumulando con el paso de los años.
¿Qué es la nulidad de la ampliación del capital del 2003? ¿Qué buscaban Gil y compañía con aquella ampliación?
En el 2003, la sentencia en primera instancia del Casto Atlético de la Audiencia Nacional le había quitado el club a Gil y Cerezo. Nuestra directiva buscó seguir al mando del club con esta ampliación de capital, cosa que luego resultaría innecesario ya que el delito prescribió. Se anuló la ampliación ya que, en ese momento, Gil y Cerezo no estaban en capacidad de realizarla al no haber desembolsado las acciones de 1992.
¿Por qué se dice que se ha estafado a los accionistas que compraron acciones en 1992 y 2003?
Se estafó a los de 1992 porque mientras los accionistas minoritarios pagaban por sus acciones, los mayoritarios tuvieron mayoría sin poner una sola peseta. Invirtieron en un club cuyos dueños no aportaron algo.
En el caso de los accionistas del 2003, los accionistas minoritarios compraron las acciones al precio de 49,88 euros cada una. Sin embargo, como esta ampliación del capital del 2003 se anuló, ahora se tiene que devolver las acciones a las personas que las adquirieron. Se devolvería las acciones no a su precio original de 49,88 euros, sino a 21,50 euros, que es su precio actual debido a la devaluación con el tiempo. La Asociación Señales de Humo estima que se debe devolver el dinero al precio original en que las compraron (49,88 y no 21,50), además de incluir los intereses de mora. Nuestro consejo directivo devolverá las acciones al precio actual y “solo cuando se doten reservas específicas para aquello”. Los accionistas estafados pueden esperar toda una vida.
¿Por qué se dice que la remuneración de Miguen Ángel Gil en el Atlético de Madrid es ilegítima?
Se dice que es ilegítima porque según los antiguos estatutos del club (que rigieron hasta el 2011), el Consejero solo podía cobrar en caso de que el Atleti obtenga beneficios líquidos y después de haber reconocido a los accionistas un dividendo mínimo del cuatro por ciento.
La columna izquierda indica los estatutos anteriores a la modificación del 2011. Los de la derecha, los nuevos estatutos: en estos la ganancia de los Consejeros no depende de los beneficios líquidos que tenga el club sino de lo que disponga el Consejo de Administración.
Según los antiguos estatutos, antes del 2011, Miguel Ángel Gil Marín, el Consejero Delegado, solo podía cobrar en caso de que se hayan cumplido los dos requisitos: que el club haya obtenido beneficios líquidos y que se haya pagado un dividendo mínimo del 4% a los accionistas. El problema radica en que Gil Marín ha venido cobrando dinero cuando el Atleti no obtenía beneficios. En las cuentas del 2009-2010, se indica lo siguiente:
En otras palabras, Gil Marín cobró 1,35 millones de euros en la temporada mencionada. Uno esperaría que en esa temporada el club haya habido beneficios líquidos y se les haya dado un 4% de dividendo a los socios para que Gil cobre legítimamente (en ese año aún se aplicaba el anterior reglamento). Sin embargo, como nos informó Señales de Humo, el club nunca ha repartido dividendos a sus accionistas minoritarios desde que es sociedad anónima. Entonces, ¿por qué Gil cobra?
El Atleti es un club con una deuda que recogiendo las distintas cifras estaría entre 270 y 540 millones de euros y con una acción que en el 2003 valía 49,88 euros y ahora 21,50 euros. Gil ha ido contra los estatutos y ni por razones éticas ha rechazado su ganancia debido al paupérrimo estado financiero del club que gestiona.
¿Cuánto es el dinero que la familia Gil y Cerezo le deben al Atleti?
Con la poca transparencia con la que se maneja el club, es casi imposible saberlo. El hincha y el accionista minoritario ni siquiera tienen acceso al origen del dinero de cada fichaje del Atlético de Madrid (si es propio del club, si es de un fondo de inversión, entre otros). Como nos mencionó Javier Picallo, abogado y agente de futbolistas, el fiscal anticorrupción Carlos Castresana detectó, hasta el año 1999, un desvío de hasta 11 mil millones de las antiguas pesetas a determinados paraísos fiscales en beneficio de la familia Gil y en desmedro del club.
Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.
Cookies estrictamente necesarias
Las cookies estrictamente necesarias tiene que activarse siempre para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.
Si desactivas esta cookie no podremos guardar tus preferencias. Esto significa que cada vez que visites esta web tendrás que activar o desactivar las cookies de nuevo.